Texto: LAN\2004\282 Estado: Disposición derogada

Orden de Consejería de Gobernación, de 19 abril 2004. Acuerda la revocación y delegación de las competencias que se citan

Datos de la publicación donde se genera esta versión:

BOJA núm. 140 de 19/7/2004

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2004/140

Procedencia: Consejería de Gobernación

Versión de 30/6/2004

Tipo de versión: CONSOLIDADA

Vigencia: 20/7/2004


Por Orden de la Consejería de Gobernación de fecha 18 de junio de 2001 (LAN\2001\279) (BOJA núm. 79, de 12 de julio de 2001), se delegaron competencias en distintos órganos de la Consejería.

Así, el artículo 3.3 delega en el Secretario General Técnico las competencias de aprobación de gastos y la propuesta de pagos.

Razones de eficacia y celeridad en las materias de gestión presupuestaria y del gasto público, aconsejan adoptar medidas de racionalización administrativa revocando las competencias anteriormente mencionadas y delegándolas en otro órgano de la Consejería, siendo el objetivo fundamental de esta nueva delegación una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 47 de la Ley 6/1983 (LAN\1983\1165), del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, dispone:

Revocar las competencias delegadas en el Secretario General Técnico en el artículo 3.3 de la Orden de 18 de junio de 2001 (LAN\2001\279) relativas a la autorización y disposición de gastos y a la propuesta de pagos contra los créditos del programa 22B, Servicio 03 Centro de Gastos 1102, Organo Gestor 8003, que se gestionan a través del sistema de caja fija, así como la solicitud de la correspondiente reposición de caja, delegando la misma en el Director de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.




Análisis jurídico



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